La Junta de Castilla y León ha habilitado una serie de subvenciones en el sector tecnológico para la ayuda a las pymes y profesionales afectados por la crisis del Covid-19 así como a la promoción comercial y al tejido asociativo. En unos días sacarán las bases y las incluiremos en esta noticia.
Artículo 10.
Subvenciones a las pymes comerciales afectadas por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- 1. Las subvenciones previstas en este artículo tienen como objetivos:
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- a) El apoyo a proyectos de inversión dirigidos a la modernización y digitalización de los establecimientos comerciales, especialmente los dirigidos a la implementación y/o mejora de plataformas de venta online o de medidas técnicas para el teletrabajo.
- b) El apoyo a proyectos de inversión dirigidos a garantizar el abastecimiento de productos de carácter cotidiano (alimentación, droguería y perfumería) en el medio rural.
- c) O bien ambos a la vez.CV: BOCYL-D-18042020-1
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Núm. 78 – Extraordinario Sábado, 18 de abril de 2020 Pág. 14265
- 2. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las pymes comerciales con establecimiento comercial cuya actividad esté incluida en la división 47 de la CNAE 2009 (salvo las exclusiones que se establezcan en las correspondientes bases reguladoras) que se hayan visto afectadas por las medidas adoptadas para la gestión de la crisis ocasionada por el COVID-19.
- 3. Estas subvenciones serán tramitadas y resueltas por la Consejería de Empleo e Industria en los plazos y de acuerdo con el procedimiento que se detallarán en las correspondientes bases reguladoras.
- 4. Tales subvenciones se atenderán con cargo a los créditos disponibles que figuren en el presupuesto de la Consejería de Empleo e Industria.
Artículo 11. Subvenciones a la promoción comercial y al tejido asociativo.
- 1. Las subvenciones previstas en este artículo tienen como objetivos:
- a) El apoyo a actuaciones de promoción del comercio minorista de proximidad llevadas a cabo por las entidades representativas de sus intereses.
- b) El apoyo al tejido asociativo comercial.
- 2. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones sin ánimo de lucro, sus federaciones y confederaciones cuya finalidad sea la defensa de los intereses del sector del comercio al por menor afectado por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- 3. Estas subvenciones serán tramitadas y resueltas por la Consejería de Empleo e Industria en los plazos y de acuerdo con el procedimiento que se detallarán en las correspondientes bases reguladoras.
- 4. Tales subvenciones se atenderán con cargo a los créditos disponibles que figuren en el presupuesto de la Consejería de Empleo e Industria.